The Legal Impacts of COVID-19 in the Travel, Tourism and Hospitality Industry

612 LEGAL IMPACTS OF COVID-19 IN THE TOURISM INDUSTRY conclusión puede llegarse a partir de los Artículos 1.58857, 1.63458, 1.63559 y 1.67560 del Código Civil, de manera que puede decirse que el riesgo lo sufre el deudor de la obligación extinguida por el impedimento que no le es imputable (res perit debitoris). Esta solución, tal como admite la doctrina, es especialmente aplicable a los contratos bilaterales no traslativos de propiedad61, como es el caso de los contratos de alojamiento o incluso transporte62. Ahora bien, en función del panorama descrito, ante la imposibilidad de cumplimiento derivada de las medias gubernamentales, el acreedor podría decidir entre la extinción de la obligación con las consecuentes restituciones que deberían comprender el 100% de lo pagado deduciendo los gastos administrativos que hayan podido efectuarse, o la renegociación de la obligación para un cumplimiento posterior. Por ejemplo, AirBnb ha permitido a sus usuarios cancelar las reservaciones y ha ofrecido a sus usuarios el reembolso del 100% de lo pagado en bonos para ser usados en la misma plataforma63; Booking, por su parte, se limitó a recomendar a sus usuarios la elección de ofertas flexibles que permitan cancelaciones y reembolsos64. Las principales líneas aéreas 57 CCV, Art. 1.588. “Si durante el arrendamiento perece totalmente la cosa arrendada, queda resuelto el contrato. Si se destruye sólo en parte, el arrendatario puede, según las circunstancias, pedir la resolución del contrato o disminución del precio. En ninguno de los dos casos se debe indemnización, si la cosa ha perecido por caso fortuito”. 58 CCV, Art. 1.634. “Si quien contrató la obra se obligó a poner el material, debe sufrir la pérdida en el caso de destruirse la obra antes de ser entregada, salvo si hubiere habido mora en recibirla.- Si ha puesto sólo su trabajo o su industria, no es responsable sino por culpa”. 59 CCV, Art. 1.635. “En el segundo caso del artículo precedente, si la cosa perece sin que haya culpa por parte del obrero antes de ser entregada la obra, y sin que el dueño esté en mora de examinarla, el obrero no tiene derecho para cobrar su salario, a menos que la cosa haya perecido por vicio de la materia o por causa imputable al arrendador”. 60 CCV, Art. 1.675. “Si uno de los socios ha prometido poner en común la propiedad de una cosa, y ésta perece antes de haber sido realmente aportada, la sociedad queda disuelta respecto de todos los socios.- Queda igualmente disuelta en todos los casos por la pérdida de la cosa, cuando el solo goce ha sido puesto en común y la propiedad continúa correspondiendo al socio.- No se disuelve por la pérdida de la cosa cuya propiedad se ha aportado a la sociedad”. 61 Ver: Ochoa G., Oscar E., Teoría general de las obligaciones, Derecho civil III, Caracas, Universidad Católica Andrés Bello, 2009, Tomo II, pp. 497-498. 62 Para el caso de los contratos traslativos de la propiedad u otro derecho se admite el principio contrario –res perit creditoris–, pues el artículo 1.161 del Código Civil dispone que en estos contratos “la propiedad o derecho se trasmiten y se adquieren por efecto del consentimiento legítimamente manifestado; y la cosa queda a riesgo y peligro del adquirente, aunque la tradición no se haya verificado”, con lo cual el comprador seguiría obligado a pagar el precio. 63 “(…) después de que la Organización Mundial de la Salud declarara el brote como una pandemia, el sábado tomamos la difícil decisión de poner en marcha una política internacional que permita a todos los viajeros cancelar las reservaciones que cumplen con los requisitos y recibir un reembolso total (incluidas las comisiones de Airbnb)”. En: https://www.airbnb.com.co/resources/hosting-homes/a/a-message-fromour-founders-159. 64 “Para las reservas realizadas el 6 de abril de 2020 o después, te recomendamos considerar el riesgo asociado al coronavirus (COVID-19) y las medidas que han tomado los Gobiernos. Si no reservas una tarifa

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