558 LEGAL IMPACTS OF COVID-19 IN THE TOURISM INDUSTRY sentido, la prensa balear también se hacía eco de que el Gobierno balear podría imponer hasta 24.000 euros de multa a 27 aerolíneas, al no informar de los derechos de los consumidores16. Y en el mismo sentido se pronuncia GONZÁLEZ CABRERA, al entender que esta conducta de los proveedores de servicios supone una práctica comercial desleal por dos razones: por viciar el consentimiento (el viajero no sabe que el bono es solo una opción) y porque esta práctica vulnera los derechos de los usuarios, ya que todos los Reglamentos relativos al transporte de pasajeros prevén los deberes de información a los pasajeros, también en caso de cancelación17. Tanto en el caso de los servicios sueltos como en el de los viajes combinados se establece que el bono que sustituye el reembolso debe contar con el suficiente respaldo financiero “que garantice su ejecución”. Sin embargo, no hay que olvidar que el artículo 164 TRLGDCU dedicado a las garantías, ya establece – de acuerdo con la Directiva (UE) 2015/2302 – la necesidad de constituir una garantía frente a la insolvencia18. No se establece si sería una garantía diferente a la ya prevista, aunque, en este caso, el respaldo financiero se requiere como garantía a los bonos ofrecidos a los viajeros. En el caso de Alemania, la Comisión Europea aprobó una garantía de 840 millones de euros para cubrir los bonos emitidos por los organizadores por los viajes combinados cancelados y que habían sido reservados antes del 8 de marzo de 2020. El reembolso – con carácter general – ha pasado a ser una opción supletoria y que se dilata en el tiempo, cuando antes el usuario, pasajero o viajero lo podía obtener en un plazo de 14 días y, si concurrían circunstancias inevitables e imprevisibles, sin penalización. Ahora, con el artículo 36.4, ni siquiera tomado. Estas infracciones se encuentran tipificadas en el artículo 49.1 l) LGDCU, que ha de ser interpretado en conjunción con los artículos 50 y 51 LGDCU para valorar su gravedad y sanciones asociadas”. Cfr. DEL SAZ DOMÍNGUEZ, L. Consumo interpone acción de cesación contra 17 aerolíneas por ocultar a los pasajeros de vuelos cancelados por el coronavirus la opción de reembolso en “Publicaciones jurídicas CESCO” en http://centrodeestudiosdeconsumo.com. 16 En: https://www.diariodemallorca.es/mallorca/2020/09/28/govern-imponer-24-000-euros14177602.html (consultado noviembre 2021). 17 Vid. GONZÁLEZ CABRERA, I. Bonos de viajes garantizados en tiempos de la COVID-19... op. cit., p. 6. 18 TONNER refiriéndose al mismo artículo, pero en el Derecho alemán establece que esta garantía puede resultar insuficiente en casos como el ocasionado por la pandemia debido al elevado número de cancelaciones, lo mismo ocurrió en el caso de la insolvencia del tour operador Thomas Cook. Afirma este autor: “There is of course the problem is that the German insolvency protection under the transposition of Art. 17 Package Travel Directive (651r BGB) is insufficient. In case that many tour operators will become insolvent during the COVID-19 crisis it cannot be excluded that the insolvency insurers do not feel obliged to fully compensate travellers as in the Thomas Cook case, because the limit set in German transposition of Art. 17 PTD of 110 Mio Euros per year and insurer is exceeded. In the Thomas Cook case the insurer reimbursed only 17,5% of the customers’ deposits. The question whether the government is responsible for the difference to 100% is still pending”. Cfr. TONNER, K.: COVID 19 and travel law – a first orientation. English version de TONNER, K.: Corona-Pandemie und Reiserecht, “Monatsschrift für Deutsches Recht: MDR”, vol. 74, n.º 9, 2020, pp. 519-526.
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