The Legal Impacts of COVID-19 in the Travel, Tourism and Hospitality Industry

EL DERECHO DEL TURISMO EN ESPAÑA 529 En cambio, si he contratado un viaje combinado, de acuerdo con lo establecido en el art. 12.2 de la Directiva sobre viajes combinados, tanto el viajero como el operador turístico pueden cancelar el viaje sin penalización en caso de “circunstancias inevitables y extraordinarias que ocurran en el lugar de destino o en sus inmediaciones y que afecten significativamente el rendimiento del paquete, o que afectar significativamente el transporte de pasajeros al destino”36. En tales casos, el viajero tiene derecho a obtener un reembolso completo de cualquier importe realizado por el paquete, dentro de los 14 días. Estos derechos establecidos en la citada Directiva, que se recogen también en la Ley de Consumidores y Usuarios37, se han visto afectados por este nuevo derecho de emergencia en virtud del RD-L 11/2020, con una regulación especial para el período de tiempo que dure la declaración del estado de alarma. Así, en el caso de la contratación de un viaje combinado, el viajero tendrá derecho a resolver el contrato antes del inicio sin pagar ninguna penalización. El usuario tiene derecho al reembolso completo de cualquier pago realizado por importe de los servicios contratados, pero no a una compensación adicional. Pero en la praxis, las agencias de viajes con las que se contrató, aducen que no pueden reembolsar el importe pagado porque las empresas con las que a su vez contrataron, tampoco les han devuelto dicho importe. Por eso, esta norma, establece que el cobro de ese reembolso está inicialmente supeditado a que los proveedores de los servicios hubieran devuelto total o parcialmente el importe correspondiente a sus servicios. Si el organizador del viaje, o el minorista, solo recibe la devolución parcial por parte de los otros operadores económicos incluidos en el viaje – hoteles o aerolíneas u otras empresas de transporte de personas –, el consumidor tendrá derecho por el momento al reembolso parcial que corresponda a las devoluciones efectuadas del importe correspondiente a sus servicios, y la agencia emitirá un bono sustitutorio por el resto del importe, con un año de validez. Si transcurre ese año de validez sin haber utilizado el bono, el consumidor podrá solicitar el reembolso completo del pago realizado. El organizador o el minorista harán, en su caso, los reembolsos en un plazo no superior a 60 días desde la fecha de la resolución del contrato o desde que los proveedores de servicios hubieran realizado su devolución38. 36 Directiva (UE) 2015/2302 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015 relativa a los viajes combinados y a los servicios de viaje vinculados, por la que se modifican el Reglamento (CE) n.º 2006/2004 y la Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo y por la que se deroga la Directiva 90/314/CEE del Consejo. 37 Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. 38 Téngase en cuenta la reciente sentencia del Juzgado de Primera Instancia n.º 8 de Castellón, de mayo de 2021, por la que este Tribunal ha reconocido el derecho a una mujer a recuperar el dinero abonado por un

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