448 LEGAL IMPACTS OF COVID-19 IN THE TOURISM INDUSTRY turismo de compras y vacaciones. Hay que añadir que, si bien puede producirse una combinación de motivos de viajes, el motivo principal que puede caracterizar a un turista de salud es su condición personal o de su acompañante que le motiva a realizar el viaje a un lugar. En ese caso, el contexto es médico y hay que diferenciarlo del viaje por cuidado de salud (Naciones Unidas, 2008, p. 27). Conforme a las RIET, el concepto de turismo de salud incluye “recibir servicios de hospitales, clínicas, centros de convalecencia y, más en general, instituciones sociales y de salud; visitas a centros termales, de talasoterapia y de salud, y a otros lugares especializados para recibir tratamiento médico cuando éste se base en asesoramiento médico, incluida la cirugía estética para la que se utilizan instalaciones y servicios médicos.” (Naciones Unidas, 2008, p. 27). Sin embargo, también se distingue entre tratamientos a corto plazo, o sea, estancias inferiores a un año, y a largo plazo, que ya no son considerados turismo (p. 21). Respecto a lo ya analizado, no debemos confundir el turismo de salud con el turismo médico, que es aquel turismo de eventos para los y las profesionales de la salud5. Junto con esto, el denominado “turismo de trasplante” y otras variables de viajes por motivos de salud, por ejemplo, la aplicación de procedimientos abortivos y eutanasia, plantean tensiones legales y éticas que son materias para tratar en un artículo futuro. 2.1. Turismo de Salud en Chile La Ley N.º 20.423 del Sistema de Institucional para el Desarrollo del Turismo considera el turismo de salud en su artículo 5(h), al determinar que existen servicios de alojamientos para recibir huéspedes con fines de salud. No obstante, al mencionar a los miembros que conforman el Comité de Ministros del Turismo (art. 7), no incluye a un representante del Ministerio de Salud. Esta falencia podría superarse a través de la incorporación de representantes de divisiones del ministerio en el Consejo Consultivo de promoción turística regulado en el Párrafo 2º de la misma ley; sin embargo, el Decreto 200 – el reglamento que complementa la norma6 – no contempla entre sus miembros a representantes del ministerio. Junto con ello, el Servicio Nacional del Turismo (Sernatur) 5 En el período 2016-2017, los principales destinos de turismo médico fueron India, Colombia, México, Canadá y la República Dominicana (Medical Tourism Magazine, 2019, pág. 37). 6 Decreto 200 que aprueba el Reglamento del Consejo Consultivo de Promoción Turística, disponible en http://bcn.cl/2o2m0.
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